El 50% de los trabajadores de aplicaciones gana menos de 40 pesos por hora

Gerardo Hernández

Las plataformas digitales de trabajo se multiplicaron por cinco a nivel mundial en la última década. En 2010, se tenía registro de 142 aplicaciones de mediación; para 2020 se contabilizaron 777. Este crecimiento no sólo se presentó en el número de empresas, también en la fuerza laboral que depende de ellas. Actualmente, hay 25 millones de trabajadores independientes tan sólo en las siete principales compañías del sector a nivel global.

De acuerdo con datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la mitad de los también llamados “jornaleros digitales” en el mundo gana menos de 2 dólares por hora (menos de 40 pesos aproximadamente). Además, los trabajadores de plataformas del sector de taxis y entrega de comida laboran hasta 65 horas a la semana, lo equivalente a 10.8 horas diarias en México (considerando un día de descanso).

El organismo dio a conocer este martes el informe Perspectivas sociales y del empleo en el mundo: El papel de las plataformas digitales en la transformación del mundo del trabajo, para el que entrevistó a 12,000 trabajadores y representantes de 85 empresas en el mundo. En éste señala que el crecimiento acelerado de este sector pone de manifiesto la necesidad de un diálogo mundial sobre políticas y cooperación en materia de reglamentación que permita una actuación más coherente en favor de oportunidades de trabajo decente y el impulso del crecimiento de empresas sostenibles.

“Los problemas nuevos que plantean deben solucionarse mediante el diálogo social internacional a fin de que los trabajadores, los empleadores y los gobiernos puedan beneficiarse plenamente y por igual de estos avances. Con independencia de su situación contractual, todos los trabajadores tienen que poder ejercer sus derechos laborales fundamentales”, expresó Guy Ryder, director general de la OIT.

Existen dos tipos de aplicaciones, las plataformas digitales web, en las que los trabajadores realizan sus tareas en línea y de forma remota, como Workana, UpWork y HackerRank; y las plataformas basadas en la localización, en las que las personas, como los conductores o los repartidores, ejecutan su trabajo en una localización geográfica determinada, como Uber, Rappi o Didi. Las primeras se triplicaron en la última década y las segundas se multiplicaron casi por 10.

La OIT reconoce que las aplicaciones son un elemento característico de la economía digital que está generando nuevas oportunidades, en especial para las personas que quedan al margen del mercado laboral y, al mismo tiempo, permiten a las empresas acceder a una fuerza de trabajo amplia, flexible y con diversas especialidades.

Sin embargo, el organismo internacional también advierte sobre los problemas que enfrentan los trabajadores en estas plataformas vinculados a las condiciones de trabajo, la regularidad del trabajo y de los ingresos, y la imposibilidad de gozar de los derechos a la protección social, la libertad de asociación y de negociación colectiva. La pandemia de covid-19 evidenció aún más los riesgos para la fuerza laboral en aplicaciones.

“En las plataformas de taxis y entregas, una alta proporción de encuestados (79 y 74% respectivamente) mencionó que tenían algún grado de estrés debido a su trabajo, a menudo relacionado con la congestión del tráfico, pago insuficiente, falta de pedidos o clientes, largas jornadas laborales, el riesgo de lesiones relacionadas con el trabajo y la presión por conducir rápido”, se destaca en el reporte.

De acuerdo con el análisis presentado, los contratos que caracterizan la relación entre la plataforma y los trabajadores tienden a desconocer el vínculo laboral, independientemente de la naturaleza de la relación. Se tratan de acuerdos de adhesión determinados unilateralmente por las aplicaciones. “Como resultado, los trabajadores no pueden acceder a muchos lugares, a protecciones y derechos que se aplican a los asalariados”.

Diálogo internacional

A pesar de que diversos gobiernos, sindicatos y representantes de trabajadores y, hasta empresas, han comenzado a ocuparse de algunos aspectos, las diversas acciones que se han tomado provocan incertidumbre.

El hecho de que las plataformas digitales de trabajo operen en varias jurisdicciones plantea la necesidad de diálogo y coordinación a nivel internacional en torno a las políticas, a efectos de conseguir la seguridad reglamentaria y la aplicación de las normas internacionales del trabajo, puntualiza el informe.

El caso más reciente es el de Reino Unido, una discusión legal que comenzó en 2016 cuando un grupo de conductores de Uber pidió que fueran considerados como trabajadores dependientes y no autónomos. El Tribunal Supremo británico rechazó una apelación de la empresa y estimó que los choferes pueden ser considerados como empleados, por el tiempo que pasan conectados en la aplicación y el control que esta ejerce sobre ellos, por ejemplo, con el sistema de evaluación.

En California se presentó un hecho similar, la Suprema Corte del Estado también determinó que los conductores de aplicaciones debían ser considerados como trabajadores subordinados e incluso se creó una ley para ello. Sin embargo, las normas del territorio permitieron que Uber y Lyft invirtieran millones de dólares en un referéndum para llevar los derechos laborales a consulta, el electorado dio revés a la decisión del tribunal.

En algunos países los pronunciamientos judiciales han sido la punta de lanza para comenzar a abordar la regulación laboral del trabajo a través de aplicaciones. Países como Italia y Francia cuentan normas específicas para garantizar el trabajo decente en las plataformas digitales.

En México, el Senado tiene la discusión pendiente y, al mismo tiempo, las autoridades laborales han enfatizado que requieren más “dientes” legales para poder regular la situación laboral de conductores y repartidores.

Mientras tanto, órganos como la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) han alertado ya sobre los riesgos de precariedad que conlleva no regular las relaciones laborales en las aplicaciones móviles.

¿Autónomo o asalariado?

Los términos “socio o colaborador” han dejado en una laguna legal a repartidores y conductores de aplicaciones, eliminando responsabilidades patronales para las plataformas con estos trabajadores, como otorgar seguridad social, vacaciones, aguinaldo, reparto de utilidades, capacitación, entre otros derechos.

En México, la defensa de los derechos laborales de conductores y repartidores se ha concentrado en agrupaciones como el colectivo #NiUnRepartidorMenos y la coalición Sindicato Independiente de Repartidores por Aplicaciones (SIRAps).

“Queremos y necesitamos los derechos laborales para los compañeros. Porque vemos que mueren compañeros, que se accidentan compañeros y el que menos va a responder es la aplicación. Aquí hay una máxima y es que el que reparte se lleva la peor parte”, expresa en entrevista Saúl Gómez, cofundador de un #NiUnRepartidorMenos, uno de los colectivos más activos en diálogo y movilizaciones en torno a los derechos laborales de los repartidores de aplicaciones.

El activista considera que hay indicios claros de que sus actividades pueden considerarse como un trabajo subordinado y, por lo tanto, con las garantías que ofrece la legislación laboral.

Por su parte, Alfonso Morales, líder de SIRAps, considera que la crisis sanitaria puso énfasis en la necesidad de laborar con protección social y derechos laborales. “Somos compañeros repartidores, trabajadores que tienen necesidad de trabajar aceptando condiciones desventajosas de derechos. Somos una nueva población vulnerable, desde jóvenes que es su primer empleo hasta gente de mayor edad”, puntualiza.

En tanto, la investigadora Graciela Bensusán opina que existen plataformas digitales que en la práctica tienen criterios de subordinación como la fijación del costo del servicio, reglas “recomendadas” para realizar el trabajo, penalización por rechazar servicios y procesos de reclutamiento rigurosos.

“Ellos están más expuestos y ése es uno de los temas centrales: protegerlos frente a los riesgos de salud, accidentes, asaltos y todo a lo que están expuestos al estar en la calle. Es lo mismo que sufren otros trabajadores que laboran en la calle, pero aquí con un claro beneficiario, porque no son trabajadores ambulantes: las plataformas y las aplicaciones que se benefician altamente de esta situación”, dice la autora del estudio Ocupaciones emergentes en la economía digital y su regulación en México para la Cepal.

Recomendaciones de la OIT

En su reciente informe, la Organización Internacional del Trabajo además del diálogo global, recomienda un análisis en torno a:

  • Clasificación correcta de la situación laboral de trabajadores de plataformas.
  • Transparencia y rendición de cuentas sobre los algoritmos.
  • Derecho de los trabajadores de aplicaciones a la negociación colectiva.
  • Acceso a prestaciones de seguridad social, mediante la ampliación y adaptación de los marcos
    de política y jurídicos.
  • Acceso a tribunales locales.

“Los trabajadores de las plataformas laborales digitales a menudo luchan por encontrar suficiente trabajo bien remunerado para obtener un ingreso decente, creando un peligro de trabajar en pobreza. Muchos no tienen acceso a la protección social, lo que es particularmente preocupante durante una pandemia. Con frecuencia no pueden participar en el colectivo negociación que les permitiría abordar estos y otros temas”, concluye Guy Ryder, director general de la OIT.

Publicado El Economista

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