Solteros podrán dar asilo a niños bajo resguardo del DIF

Luis Martínez Leija/ABC Noticias

En Nuevo León ya es posible que una persona soltera brinde acogimiento a un menor de edad resguardado en el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF).

Los nuevos lineamientos publicados el viernes pasado en el Periódico Oficial del Estado, establecen que la calidad de familia de acogida le será concedida a las familias o a la persona que reúnan los requisitos, actitud y solidaridad necesarias.

La Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado establece que los menores podrán ser recibidos por una familia de acogida como medida de protección temporalmente, cuando ni sus progenitores o familia extensa puedan hacerse cargo de ellos.

En este sentido, los requisitos para calificar en este programa son:

  • Tener más de 25 años cumplidos.
  • Asistir a la capacitación de cuidado competente en trauma y talleres que señale la Coordinación, así como aprobar las evaluaciones del equipo multidisciplinario.
  • Presentar una solicitud en un formato proporcionado por la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado.
  • Que la Coordinación realice los dictámenes en el domicilio de la familia o persona interesada.
  • Además de la solicitud, la persona o familia interesada en brindar acogimiento debe anexar la siguiente documentación:
  • Copia de identificación oficial vigente.
  • Constancia de Estudios.
  • Certificado de buena salud no mayor a seis meses.
  • Copia de comprobante de domicilio no mayor a seis meses.
  • Constancia laboral o de ingresos donde se especifique puesto, antigüedad y sueldo no mayor a seis meses. En caso de tener negocio propio, presentar alta de hacienda. Si es trabajador independiente, presentar carta de Juez Auxiliar acreditada.
  • Tres cartas de recomendación de personas no familiares que conozcan al o a los interesados en tres años.
  • Fotografía a color, tamaño credencial.
  • Estudios de laboratorio no mayor a seis meses.
  • Croquis del domicilio del o los solicitantes.
  • Árbol genealógico desde descendientes de segundo grado (abuelos).

La publicación fue firmada por Verónica de Jesús Muñoz, procuradora de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado.

Otras notas que pueden interesarte