Angélica Díaz exige que se atienda sin violencia institucional a víctimas de violencia familiar

Como presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso el Estado, la diputada Angélica Díaz de Cuén señaló en tribuna que en las instancias de justicia se genera violencia institucional, pues el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sinaloa, hizo llegar un oficio a los jueces de competencia familiar, para que se atiendan las órdenes de protección a víctimas de violencia cuando ésta se solicite a los órganos jurisdiccionales sólo si son solicitadas por el Ministerio Público, cuando antes se podía hacer en ambas instancias.

“¿Cómo es posible qué en lugar de facilitar el acceso a la justicia, cada vez se pongan más trabas burocráticas? ¿No se han puesto a pensar en el Supremo Tribunal en la grave situación por la que atraviesan las personas que son víctimas de violencia? ¿Piensa que es fácil para una mujer que todavía trae las marcas y los moretones, producto de la violencia, andar de una oficina a otra, para ver en cuál de ellas se dignan en atenderla? ¿Piensa que es fácil llevar consigo a sus hijos pequeños, todavía asustados, contando su historia de violencia una y otra vez hasta encontrar ayuda? eso, compañeros diputados, se llama violencia institucional, y eso, es lo que desde el Supremo Tribunal de Justicia, están generando con estos actos”.

Añadió que la orden de protección constituye un instrumento legal diseñado para proteger a las víctimas de la violencia familiar y/o de género frente a todo tipo de agresiones. Para ello, la orden de protección concentra en una única e inmediata resolución judicial, la adopción de medidas de naturaleza penal y familiar, y activa al mismo tiempo los mecanismos de protección social establecidos por el Estado a favor de las víctimas.

Por lo tanto, dijo que esta interpretación que el Supremo Tribunal hace de las normas que regulan las órdenes de protección, es inconstitucional, pues, el artículo 1 de nuestra Carta Magna prevé dos métodos de interpretación de la ley cuando a Derechos Humanos se refiere, el primero; la interpretación conforme a la Constitución Federal y los Tratados Internacionales, y el segundo; a favor de la víctima; sin embargo, ninguno de estos criterios que buscan proteger los derechos de las personas, se aplica.

Exhortó al pleno a sacar adelante la iniciativa de reforma a la Ley para Prevenir y Atender la Violencia Intrafamiliar del Estado de Sinaloa y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Sinaloa, que presentó el Grupo Parlamentario del Partido Sinaloense, en lo que se refiere a órdenes de protección y que busca evitar una interpretación errónea a la ley que afecta a las mujeres y a cualquier víctima de violencia familiar.

Publicado en Entre Veredas

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