Belén Guízar
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social explicó que la legislación laboral mexicana prohíbe el despido de una trabajadora o coacción para que renuncie por estar embarazada, cambio de estado civil o por tener el cuidado de hijos menores.
Para ello, la Secretaría brinda asesoría y recomendó que este tipo de casos, las trabajadoras soliciten ante la Junta de Conciliación y Arbitraje que se le reinstale en el puesto que desempeñaba, o se le indemnice con el importe de tres meses de salario integrado…
Además, el pago de las prestaciones de ley como:
Aguinaldo
Vacaciones
Prima de antigüedad
Participación de utilidades
Salarios vencidos desde la fecha del despido hasta por un periodo máximo de 12 meses.
A través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, la Secretaría ofrece de forma gratuita y personalizada servicios de orientación y asesoría legal, conciliación y representación jurídica en todo el territorio mexicano.
Publicado en Excelsior