Así funciona la Ley Olimpia para víctimas de violencia digital y filtración de nudes

Miguel Sagnelli

La filtración de fotografías íntimas sin el consentimiento de la persona expuesta forma parte de la violencia digital, la cual en México, gracias a la Ley Olimpia, se castiga con penas que van desde los 3 hasta los 6 años de prisión y una multa de 500 a 1,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) para quien cometa este delito.

La ley remarca que la violencia digital es el conjunto de acciones en las que se expongan, difundan o reproduzcan imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento, a través de medios tecnológicos y que por su naturaleza atentan contra la integridad, la dignidad y la vida privada de las mujeres causando daño psicológico, económico o sexual tanto en el ámbito privado como en el público, además de daño moral, tanto a ellas como a sus familias.

El origen de esta ley es por la activista Olimpia Coral Melo, quien en marzo de 2014 presentó una iniciativa al Palacio Municipal de Puebla para modificar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, luego de que su expareja difundiera un video íntimo sin su consentimiento. Fue hasta 2020 que se aprobó el dictamen en el Congreso de la Unión y se reconoció el concepto jurídico de Violencia digital.

Se impulsaron reformas a los códigos penales de distintos estados que fueron nombradas como Ley Olimpia, misma que en el caso de la Ciudad de México entró en vigor el 22 de enero de 2020.

Las mujeres que sufren o sufrieron de violencia digital tienen tres alternativas para denunciar:

La primera es acudir personalmente a la Fiscalía General de Justicia de su entidad para presentar su declaración frente a Ministerio Público, lugar donde se realizará una comparecencia y las denunciantes pasarán al área psicológica para realizar una valoración y determinar si estas necesitan algún tratamiento.

La segunda forma es elaborando un escrito dirigido a la procuraduría o fiscalía local; en este escrito deberás narrar el delito, proporcionar tu nombre y un domicilio o número telefónico donde se te pueda contactar, para posteriormente presentarlo a la oficialía de partes de la institución, donde se te entregará un número de folio con el que podrás rastrear la denuncia, ver el número de investigación que se le otorgó a tu caso y las personas que estarán trabajando en él.

La tercera opción es realizarla a través de la página web de la Fiscalía General de Justicia de tu entidad, donde igualmente se otorga un folio para rastrear tu investigación.

Después de presentar la denuncia, la víctima puede contratar a un abogado privado o también tiene derecho a pedir representación legal del Estado de forma gratuita, a estas segundas figuras se les conoce como asesores legales y trabajan con varios casos a la vez.

El Código Penal de cada estado tiene artículos que especifican las consecuencias de la violencia digital.

En el Bis 3, se decreta que quien obtenga contenido íntimo de tipo sexual de una persona y lo difunda sin su consentimiento a través de internet será sancionado con de 1 a 5 años de prisión y una multa de 200 a las 500 Unidades de Medida y Actualización. La cual en 2022 asciende a 96.22 pesos por día.

Por otro lado, en el Bis 4 del mismo artículo, se agregan que las personas que obtienen un contenido íntimo de tipo sexual y amenazan con difundirlo o publicarlo a través de internet. En estos casos los encontrados culpables se estarían enfrentando a un periodo en prisión que podría ir de los 6 meses a los 4 años, además de una multa que va de las 100 a 400 UMAs.}

Publicado en Vanguardia

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