Crímenes de lesa humanidad, tierras indígenas y otras normas polémicas en la Convención

María Catalina Batarce L.

La Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención aprobó un artículo que establece que serán obligaciones del Estado prevenir, investigar, sancionar e impedir la impunidad de crímenes de guerra, delitos de lesa humanidad, torturas y la desaparición forzada.

Tales crímenes, determinaron, deberán ser investigados de oficio, “con diligencia, seriedad, rapidez, independencia, imparcialidad y en conformidad con tratados internacionales”.

Esto, entre otras razones, porque disposiciones visadas en otros articulados prohibieron explícitamente la desaparición forzada, la tortura y los tratos cueles.

Y si bien varios celebraron estas medidas, representantes como Rocío Cantuarias insistieron en que es materia “propia de legislación inferior”.

“Evidentemente no estoy respaldando esas atrocidades, pero entrar a este detalle por razones políticas, me parece inadecuado”, complementó.

Por otra parte, los representantes aprobaron el “derecho a la vida”, el cual indica que “ninguna persona podrá ser condenada a muerte”.

Durante la sesión del sábado, además, la Comisión despachó el artículo referente al derecho de reunión, aprobando que “todas las personas tienen derecho a reunirse y manifestarse sin permiso previo”.

Si bien ciertas manifestaciones podrán restringirse de acuerdo a lo que se fije en la ley correspondiente, se hizo patente que “el uso de la fuerza pública deberá siempre respetar los estándares que se desprenden tanto de esta Constitución y la ley”.

De todas maneras, hay otra norma que se aprobó con anterioridad que sigue generando polémica: “Derecho de propiedad de los pueblos y naciones indígenas”.

Ahí se establece que “el Estado, en consulta con los pueblos, debe adoptar todas las medidas que sean necesarias para el reconocimiento, demarcación, registro o titulación y restitución de las tierras, territorios y maritorio indígena”.

La mayoría de los integrantes de la Comisión estuvieron a favor de que se indique que el Estado reconoce la desposesión, usurpación, expoliación y despojo de las tierras, territorios y bienes naturales los pueblos indígenas, y que, por lo mismo, “tienen derecho a la recuperación, restitución, reconstitución y reclamación” de esos espacios.

Según Aurora Delgado, la normativa es prueba de que “el diálogo profundo y la vinculación con los pueblos son necesarias para ir reparando las heridas e injusticias que han marcado nuestra historia”.

Pero desde la otra vereda, Cantuarias indicó que se trata de una “política identitaria pura y dura”. A su juicio, “no se consagra de modo robusto el derecho de propiedad para todos, pero sí hay una regulación preferente y muy detallada sobre propiedad indígena”, lo que calificó como una profunda desigualdad.

Hasta ahora, como advirtió, no está claro cuáles son dichos territorios o espacios, y no se ha definido qué órgano estará encargado de identificarlos, y si habrá “compensaciones”.

Publicado en Publimetro

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