Aprueba LXI Legislatura reformas en beneficio de las mujeres

De manera unánime, el Pleno de la LXI Legislatura, aprobó el dictamen sobre iniciativas que proponen reformar diversas disposiciones de la Ley de Salud, Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, todas del Estado de Sinaloa, que tienen como objetivo de que se constituya como violencia laboral las amenazas, intimidación, humillaciones, explotación a todo tipo de discriminación por condición de género, la exigencia o condicionante de certificados de no gravidez así como el despido por motivo de embarazo, el impedimento de llevar a cabo el periodo de lactancia conforme a la ley, además del acoso y el hostigamiento sexual.

Ello quedará inserto en el texto del Artículo 16 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia como lo señala el dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Gobernación, Derechos Humanos, Salud y Asistencia Social, y de Equidad, Género y Familia.

El documento contiene la propuesta para proteger, apoyar y promover la lactancia materna y las prácticas óptimas de alimentación de lactantes y niños pequeños a fin de establecer las condiciones para garantizar su salud, crecimiento y desarrollo integral, con base en el interés superior de la niñez.

Así como, establecer en la Ley de Salud, dentro de las atribuciones de autoridades sanitarias, educativas y laborales en sus respectivos ámbitos de competencia, el apoyo y fomento a las acciones de orientación y vigilancia institucional, capacitación y fomento para la lactancia materna y amamantamiento.

Con esta reforma, se armoniza la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado en lo relativo al periodo de lactancia materna, con lo prescrito en la Ley Federal del Trabajo.

En este sentido, el artículo 86 quedó de la siguiente manera:

“Artículo 86…

“En el periodo de lactancia hasta por el término máximo de seis meses tendrán dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, en lugar adecuado e higiénico que se designe para tal efecto, o bien, cuando esto no sea posible, previo acuerdo se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante el periodo señalado”.

En el Articulo Segundo Transitorio, las Comisiones dictaminadoras citan que para el debido cumplimiento de este decreto, el Ejecutivo del Estado dentro del plazo de ciento ochenta días posteriores al inicio de su vigencia deberá realizar o expedir las disposiciones reglamentarias correspondientes.

Además en el Tercero Transitorio se menciona que el Ejecutivo del Estado realizará las previsiones administrativas y presupuestales necesarias para garantizar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en este Decreto.

Previo a la votación, la Diputada Renata Cota Álvarez, del Partido Revolucionario Institucional, destacó la trascendencia que tiene la lactancia tanto para la madre como para el lactante, además de que ha incidido en la baja de las muertes tanto en las madres como en los bebés y resaltó además, estar a favor de la reforma a la Ley de los Derechos de una Vida Libre de Violencia para la Mujer, sobre este mismo aspecto, la lactancia, ya que vendrá a beneficiar en gran medida a las madres trabajadoras.

Por su parte, el Diputado Mario Ímaz López, del Partido Movimiento Ciudadano, resaltó la trascendencia que tiene la lactancia y que tanto los sectores público como privado, tienen la obligación de brindar espacios para que las madres en esta etapa, puedan cumplirla íntegramente; reveló cifras que indicaron porcentajes sobre la lactancia registrada, en donde dijo que el 65 por ciento de las madres en Sinaloa, carecen de la información sobre la importancia que tiene el tema.

Fuente: H. Congreso del estado de Sinaloa

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