Respalda Corte matrimonios gay en Jalisco

Por: Jesús Aranda

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad del artículo 260 del Código Civil del Estado de Jalisco porque limita el matrimonio a la unión entre “el hombre y la mujer”.

Con ésta decisión, unánime, las autoridades jaliscienses están obligadas a reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo, sin necesidad de que presenten un amparo.

Además, se abre la puerta para obligar al congreso de esa entidad a emitir una nueva norma que reconozca el matrimonio de parejas homosexuales.

El pleno apoyó el dictamen elaborado por el ministro José Ramón Cossío.

En esa forma, la Corte dio la razón a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) que impugnó la legislación de Jalisco por considerar que es discriminatoria, ya que atenta contra la autodeterminación de las personas, el derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo y viola el principio de igualdad al otorgar un trato diferenciado a parejas homosexuales respecto de las heterosexuales, al excluir la posibilidad de contraer matrimonio a personas del mismo sexo.

Menos de una hora le tomó a los maestros resolver con base a los antecedentes de la primera sala de la Suprema Corte, la cual en los últimos años amparó a parejas del mismo sexo, a quienes autoridades de diversos estados les habían negado la posibilidad de casarse.

Esas decisiones sólo favorecieron a los quejosos; ahora, con ésta decisión, Jalisco es convierte en la primera entidad en la que la Corte declara la invalidez de la norma que limita el matrimonio a la relación entre un hombre y una mujer.

Por vía de consecuencia el pleno invalidó los artículos 258 y 267 del citado Código, por considerar que el matrimonio es entre “hombre y mujer”.

Fuente: La jornada

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