Milicia y Justicia / Detenciones políticas de líderes de la CNTE

Jesus Aranda

En el caso de los líderes de la CNTE que fueron detenidos en días pasados, con argumentos tan fantasiosos que no viene al caso repetir, la procuradora general de la República, Arely Gómez demostró que falta mucho, pero mucho, para que el país cuente con sistema de justicia que deje de ser utilizado con fines políticos por el ejecutivo federal.

Cómo explica la procuradora la celeridad con la que concluyeron las investigaciones en contra los profesores Rubén Núñez y Francisco Villalobos Ricárdez, acusados de lavado de dinero por un monto de 24 millones de pesos y robo calificado, respectivamente, cuando en su escritorio hay añejas denuncias en contra de líderes de los principales sindicatos del país –no los menciono uno por uno para no herir susceptibilidades- acusados por sus propios agremiados de delitos como corrupción, enriquecimiento ilícito, nepotismo, etc., etc., etc., sin que se sepa que pasó con las indagatorias.

Es increíble que la procuradora y el secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, insistan en que la consignación de los líderes magisteriales no es política. Y entonces, qué pasa con las denuncias presentadas contra los líderes sindicales afines al PRI, a pesar de que, al menos, su enriquecimiento es evidente y que resulta inexplicable con los sueldos que recibirían como asalariados.

El manejo de la justicia, con la complicidad de los jueces federales, sigue siendo faccioso y supeditado a lo que mande el ejecutivo federal, no importa que haya entrado en vigor el Nuevo Sistema de Justicia Penal.

La SCJN y el derecho de la mujer a abortar

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está ante la gran oportunidad de reconocer el derecho de la mujer a abortar, sin que se criminalice su decisión de interrumpir el embarazo.

Por primera vez, los cinco ministros que integran la sala analizarán un amparo en el que está sobre la mesa el derecho de la mujer a la salud y a decidir sobre su propio cuerpo, aunque bajo ciertas circunstancias.

Pero, de proceder, sería un primer paso en el reconocimiento pleno del derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo.

Sin embargo, nada garantiza que el proyecto de dictamen, elaborado por el ministro Arturo Zaldívar, listado para el miércoles 29 de junio, sea aprobado por sus cuatro compañeros de sala.

Con el argumento de que la mujer que aborta no debe ser criminalizada, el documento propone declarar la inconstitucionalidad de los artículos 332 y 334 del Código Penal Federal, en razón de que ambos criminalizan a la mujer cuando el aborto ocurre en:

Un período cercano a la concepción; cuando está en riesgo la salud de la mujer; cuando el embarazo es resultado de una inseminación artificial no consentida y cuando el feto es inviable.

Es decir, Zaldívar afirma que el delito de aborto, tal y como está regulado en la ley, transgrede el derecho de la mujer a abortar en todos los demás supuestos.

Respecto al aborto terapéutico, previsto en el artículo 334, sostiene que es inconstitucional, ya que criminaliza a la mujer en la medida en la que únicamente autoriza este supuesto como una “excuso absolutoria”.

De manera que la ley “sigue limitando injustificadamente el derecho de la mujer a abortar, aún y cuando se encuentre en riesgo su salud”, además de que establece una exigencia muy alta para que la mujer pueda ejercer su derecho a la salud. Porque la norma establece que la interrupción del embarazo se permitirá “cuando la vida de la mujer se encuentre en grave peligro”. Es decir, no basta que la salud de la mujer esté en riesgo.

Este asunto es de importancia nacional, porque el amparo se originó a partir de que a la quejosa se le negó su derecho a abortar en el Hospital 20 de Noviembre del ISSSTE en la Ciudad de México, a pesar de que le fue detectado que el producto masculino presentaba síndrome de Klinefelter, que consiste en que el producto no desarrolla sus genitales en la pubertad. Además de que los médicos no tomaron en cuenta que la paciente estaba en riesgo mayor de diabetes, tromboembolismo y preeclamcia, debido a factores de riesgo que presentaba.

Ante la negativa de los médicos, tuvo que recurrir a un hospital privado para interrumpir su embarazo.

El asunto es trascendente, porque la decisión que en su momento adoptó la Suprema Corte, de despenalizar el aborto en la Ciudad de México hasta las 12 semanas de gestación no fue porque la mayoría de los ministros votaron a favor de reconocer los derechos de la mujer.

La mayoría resolvió que las entidades están en su derecho de penalizar o despenalizar determinadas conductas. Nada más.

Aún y cuando está previsto que el asunto se resuelva el próximo 29 de junio, hay muchas cosas que pueden pasar para que este trascendental amparo no sea resuelto en los términos propuestos.

No sería extraño que alguno de los ministros (Jorge Pardo Rebolledo, Norma Lucía Piña Hernández, José Ramón Cossío Díaz y Alfredo Gutiérrez) se saquen un as bajo la manga para evitar que la Corte emita una sentencia.

Se sabe de la religiosidad y conservadurismo de alguno de ellos, quienes podrían alegar un tecnicismo para desechar la demanda y que no se resuelva el fondo del problema.

Zaldívar plantea que su proyecto “no supone el desconocimiento de ninguna concepción religiosa, no ignora el ánimo de libertad e intimidad de las personas respecto a sus creencias y valores, y no obliga a nadie a actuar contra ellas. Solamente implica el reconocimiento de que existe una exigencia constitucional de no penalizar el aborto en determinados supuestos”.

La procuradora y el ético ministro retirado Mariano Azuela

Siendo presidente de la SCJN, el ministro retirado Mariano Azuela publicó el manual El Código de Ética del Poder Judicial de la Federación, el cual planteaba, entre otros temas:

«Una secretaria particular de un órgano jurisdiccional o unidad administrativa asiste a su trabajo vestida con minifalda, escotes pronunciados y/o ropa transparente. ¿La vestimenta cumple con la virtud del decoro?».

El mamotreto de 255 páginas con un tiraje de 30 mil ejemplares respondía: «No, la secretaria particular debe acudir vestida seria y recatadamente a su trabajo para cumplir con esta virtud».

Las clases de ética de Azuela señalaban también: «Si un servidor público del Poder Judicial acude a algún lugar de los llamados table dance, ¿cumple con la virtud judicial del decoro?». En la parte de respuestas a los interrogantes, la respuesta es simple: «No actúa de conformidad con esa virtud».

Ayer, Azuela dictó la conferencia “Aproximaciones a la Ética Profesional” en la sede de la PGR, ante su titular, Arely Gómez González, quien por cierto, fue secretaria particular del ministro en el máximo tribunal. La funcionaria no encontró mejor expositor para iniciar un ciclo de conferencias para la observancia del Código de Conducta de la institución.

Publicado en la jornada

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