Ante el problema de desempleo que se avecina por el COVID-19, Angélica Díaz exhorta a que se apruebe la iniciativa de Seguro de Desempleo

La Organización Internacional del Trabajo, señaló que casi 25 millones de empleos en el mundo se perderán a causa de la pandemia y en México, la estimación máxima rebasa los 7 millones, a consecuencia de la pandemia causada por el Coronavirus. Ante esta situación la diputada del Partido Sinaloense, Angélica Díaz de Cuén señaló que es momento de que los diputados del Congreso del Estado consideren la iniciativa que presentó desde el pasado 29 de enero de 2019, mediante la cual propone expedir la Ley del Seguro de Desempleo para el Estado de Sinaloa, misma que beneficiará a todos aquellos sinaloenses que pudieran perder sus empleos a consecuencia de la catástrofe económica por la que atravesarán los empresarios de la entidad.

Este domingo el presidente de la República anunciará un paquete de apoyos económicos para enfrentar la crisis provocada por el Covid-19, por lo que la aprobación de esta iniciativa se sumaría a los esfuerzos para reforzar las acciones que se lleven a cabo no sólo desde la Administración Federal, sino en los distinto órdenes de gobierno, para ayudar a los sinaloenses que se vean afectados en su economía.

Díaz de Cuén explicó que los seguros de desempleo representan medidas que benefician no sólo al trabajador que se quedó sin una relación laboral y por lo tanto sin una remuneración económica, sino que, además, son positivos para enfrentar las crisis económicas ya que, los desempleados siguen teniendo recursos para comprar productos y servicios lo que provoca que el ciclo económico continúe en movimiento.

“En el Partido Sinaloense proponemos implementar el seguro del desempleo a favor de quienes han sido desplazados del mercado laboral como consecuencia de una situación ajena a ellos y que deriva de las constantes inercias negativas de un modelo económico que es insuficiente para lograr un Estado de bienestar social”.

El objeto de esta Ley es establecer las bases para el otorgamiento de un Seguro de Desempleo, de carácter temporal, en el contexto de una Contingencia Laboral declarada por el Gobernador del Estado, para quienes, pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo formal.

Asimismo, se considera que existe Contingencia Laboral cuando se presenten los siguientes supuestos: Una situación de crisis económica que haya dado lugar, durante seis meses consecutivos, a la caída en el número de empleos en el Estado o cuando la economía atraviese por una fase recesiva constatable con la caída del Producto Interno Bruto Estatal.

Cabe señalar que dentro de esta iniciativa se establece que serán elegibles para acceder al Seguro de Desempleo quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos: Los desempleados que hayan perdido su empleo dentro de los seis meses anteriores a la emisión de la Declaratoria de Contingencia Laboral, que no hayan recibido indemnización por desempleo.

Los que hayan recibido la indemnización por desempleo, pero tengan sesenta años de edad cumplidos al momento del agotamiento de la indemnización y no sean derechohabientes de ningún régimen de seguridad social del que perciban ingresos y los desempleados que, habiendo recibido una indemnización constitucional, la hayan agotado al momento de la emisión de la Declaratoria de Contingencia Laboral y que tengan responsabilidad económica.

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